martes, 20 de marzo de 2018

CGT consigue que los permisos retribuidos cuenten desde el primer día laborable.

CGT consigue que los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento cuenten a partir del primer día laborable

El Tribunal Supremo ha cambiado de doctrina para todos los sectores laborales, gracias a una demanda interpuesta por CGT en el convenio de contact center.
CGT reclamaba una interpretación de las normas de estos permisos retribuidos que no afectara a otros derechos importantes como el disfrute de días festivos o el derecho al descanso intersemanal.
sasa
Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, esta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana. A raíz de esta demanda ganada, la entrada en el puesto de trabajo debe producirse el miércoles.
La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior del pasado 13 de febrero, da la razón a CGT y recuerda que las normas deben interpretarse con “cierta lógica”, es decir, los permisos se conceden para su disfrute en días laborables puesto que en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja.
Aunque esta sentencia es de aplicación directa al sector del telemarketing, de manera indirecta debe ser aplicada a todos los sectores laborales porque los razonamientos jurídicos de la misma interpretan el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que es de aplicación a todas las personas que trabajan por cuenta ajena.
En el caso del convenio TIC, el articulado referente a permisos retribuidos es un ‘copy paste’ de lo existente en el Estatuto de los Trabajadores, por lo tanto es también de aplicación al aplicarle la doctrina del Tribunal Supremo. Como se ha conocido a posteriori de su fantástica negociación, todavía lo podemos disfrutar.
Nos pondremos en contacto con las diferentes empresas del sector para recordarles este nuevo derecho conseguido. Si en tu empresa te ponen pegas, ponte en contacto con nosotros/as.

Sentencia Tribunal Supremo

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